La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección y ordenó que una niña reciba las vacunas obligatorias correspondientes a su edad, luego de que sus padres se negaran a completar su esquema de inmunización.
El caso comenzó cuando un centro de salud advirtió que la menor mantenía varias dosis pendientes. Ante esa situación, se recurrió a la justicia para solicitar medidas destinadas a resguardar su salud.
La familia planteó reparos por eventuales efectos adversos, antecedentes médicos de la niña y reacciones observadas en otros familiares. Además, cuestionó la aplicación de las vacunas en relación con el consentimiento informado.
Sin embargo, durante la tramitación no se presentaron informes médicos que acreditaran que alguna de las dosis pendientes estuviera contraindicada para la menor. Los padres tampoco entregaron el informe solicitado por el tribunal.
En su resolución, la Corte recordó que el Programa Nacional de Inmunizaciones establece vacunas obligatorias para prevenir determinadas enfermedades. También señaló que la legislación sobre derechos de la niñez reconoce el acceso a la inmunización como parte de la protección de la salud infantil.
El tribunal sostuvo que los padres no pueden excluir unilateralmente a un niño de ese programa si no existen antecedentes médicos que respalden la decisión. Asimismo, consideró que la vacunación contribuye a reducir la circulación de enfermedades y a proteger a quienes no pueden recibir determinadas dosis por razones de salud.
